“Educación en contra de los prejuicios” se refiere a actividades intencionales de enseñanza y aprendizaje diseñadas con el fin de aumentar la comprensión de las diferencias y su valor para la sociedad y para desafiar activamente los prejuicios, los estereotipos y todas las formas de discriminación. Incorpora un plan de estudios que refleja diversas experiencias y perspectivas, métodos de instrucción que promueven el aprendizaje de todos los niños y estrategias para crear y mantener comunidades de aprendizaje seguras, inclusivas y respetuosas.
“Prácticas contra los prejuicios” significa brindar servicios de una manera que prevenga y se oponga activamente al trato injusto a las personas debido, entre otras cosas, a la raza, el origen étnico, la edad, la apariencia, el idioma, la situación socioeconómica, la capacidad, la religión, la condición migratoria, el género o identidad de género, y cualquier otra identidad o interseccionalidad.
“Culturalmente sensible” significa una política o enfoque que reconoce, respeta y considera importante las creencias, prácticas, cultura y necesidades lingüísticas de diversas poblaciones y comunidades cuyos miembros se identifican con afiliaciones culturales o lingüísticas particulares en virtud de su lugar de nacimiento, ascendencia u origen étnico, religión, género o identidad de género, idioma preferido, idioma que se habla en el hogar, o cualquier otra identidad o característica. La sensibilidad cultural describe la capacidad de responder a las necesidades específicas de diversas comunidades a nivel individual, profesional, organizacional y sistémico.
“Culturalmente específico” se refiere a un programa, intervención o servicio que está diseñado, adaptado y proporcionado por miembros de la comunidad a la que sirve, que refleja sus valores, creencias, prácticas y visiones del mundo; y que se brinda en el idioma preferido de la comunidad a la que sirve.
“Organización culturalmente específica” significa una organización que sirve a una comunidad cultural en particular y está principalmente integrada por personal y dirigida por miembros de esa comunidad; estas organizaciones demuestran un conocimiento íntimo de la experiencia de vida de la comunidad. Este conocimiento incluye, entre otras cosas, el impacto del racismo o la discriminación estructural e individual en la comunidad; conocimiento de las disparidades específicas documentadas en la comunidad y cómo eso influye en la estructura de su programa o servicio; capacidad para describir las prácticas culturales de la comunidad, creencias/prácticas de salud y seguridad, identidad cultural positiva/orgullo/resiliencia, la dinámica del aspecto migratorio, creencias religiosas, etc.; y cómo sus servicios se han adaptado a esas normas culturales.
“División” se refiere a la División de Aprendizaje Temprano del Departamento de Educación de Oregón.
“Proveedor de educación y cuidado de la edad temprana” se refiere a cualquiera de las siguientes entidades y su personal:
a. Todos los tipos de cuidado infantil familiar en el hogar y en centros descritos en ORS 329A.600, que estén registrados y certificados;
b. Cualquier programa que reciba financiamiento público estatal para servicios de educación y cuidado de la edad temprana;
c. Proveedores de Promesa Preescolar sujetos a ORS 329.172;
d. Proveedores de Oregón desde Prenatal hasta el Kínder sujetos a ORS 329.172;
e. Proveedores de Baby Promise sujetos a ORS 417.784; y
f. Relief Nurseries sujetos a ORS 329.172.
“Prácticas excluyentes” se refieren a cualquier acción tomada por un programa de educación y cuidado de la edad temprana que limita la inscripción, participación o asistencia de un niño debido a su capacidad, sus necesidades especiales o su comportamiento.
“Expulsión” significa retirar permanentemente a un niño pequeño del programa de educación y cuidado de la edad temprana.
“Prejuicio implícito” se refiere a los procesos internos inconscientes que dan como resultado sentimientos y actitudes sobre las personas en función de la raza, el origen étnico, la edad, la apariencia, el idioma, el nivel socioeconómico, la capacidad, la religión, la situación migratoria, el género o la identidad de género y cualquier otra identidad o interseccionalidad. Estos sentimientos y creencias se expresan automáticamente sin hacerse conscientes; y tienen un impacto en otras personas y grupos de personas.
“Inclusión” se refiere a los valores, políticas y prácticas que crean oportunidades para que todos los niños pequeños y sus familias participen en una amplia gama de actividades y reciban apoyo para participar como miembros plenos de las familias, las comunidades y la sociedad. El resultado deseado de la inclusión es que los niños y sus familias de todas las razas, orígenes étnicos, edades, apariencias, idiomas, niveles socioeconómicos, habilidades, religiones, situaciones migratorias, géneros o identidades de género y cualquier otra identidad o interseccionalidad, tengan un sentido de pertenencia y afiliación, para poder de esta manera desarrollar relaciones sociales y amistades positivas, además de experimentar un aprendizaje que involucre el desarrollo individual del niño. Las características definitorias de la inclusión que se pueden utilizar para identificar programas y servicios para la edad temprana de alta calidad son: el acceso, la participación y el apoyo.
“Prácticas inclusivas” se refieren a las estrategias y prácticas que se implementan para promover de manera intencionada y auténtica la Inclusión.
“Consulta de salud mental infantil y de la edad temprana” o “IECMHC” (por sus siglas en inglés), se refiere a un enfoque basado en la prevención que une a un consultor de salud mental con adultos que trabajan con infantes y niños pequeños en los diferentes ambientes donde aprenden y crecen, como son los centros de cuidado infantil, los centros preescolares, las visitas domiciliarias y la intervención temprana. Emplea una perspectiva culturalmente sensible y basada en los efectos del trauma; lo que implica brindar capacitación y orientación a los proveedores de cuidado infantil y de educación y cuidado de la edad temprana, lo que ayuda a promover un desarrollo socioemocional saludable, y que se base en las fortalezas del niño, la familia y el proveedor para garantizar un cuidado inclusivo y de apoyo para todos los niños.
“Desarrollo positivo de la identidad racial” significa que los niños pequeños conocen y experimentan sentimientos positivos sobre su identidad racial, incluidos su herencia, apariencia física, afiliación cultural y experiencias personales.
“Proveedor Regional de Servicios” se refiere a una entidad que brinda servicios de IECMHC a proveedores de educación y cuidado de la edad temprana y coordina los servicios de IECMHC con otros proveedores de asistencia técnica para la edad temprana, a fin de promover el acceso de los proveedores de educación y cuidado de la edad temprana a recursos, capacitación y otras oportunidades de asistencia técnica.
“Expulsión indirecta” se refiere a las acciones tomadas por un proveedor de educación y cuidado de la edad temprana que hacen que el programa se brinde de una manera inviable para la familia o el niño y deja a la familia sin otra opción que la de retirar al niño del programa.
“Descanso con apoyo” se refiere a un período breve y de tiempo limitado en el que un niño es apartado del ambiente de educación y cuidado de la edad temprana, o de una actividad específica dentro del ambiente, con el propósito de darle apoyo para una co-regulación o un descanso sensorial. El descanso ocurre con la participación activa de un proveedor de educación y cuidado de la edad temprana.
“Suspensión” significa retirar temporalmente a un niño pequeño del ambiente de educación y cuidado de la edad temprana, mediante una suspensión dentro del programa o fuera de él.
a. “Suspensión dentro del programa” significa prohibir temporalmente que el niño participe en el salón de clases o en el entorno grupal al enviar al niño a un lugar diferente dentro del programa o sus instalaciones. La suspensión dentro del programa no incluye un descanso con apoyo.
b. “Suspensión fuera del programa” significa retirar o enviar al niño a casa más temprano, prohibiéndole regresar al programa por uno (1) o más días, o reduciendo de otro modo las horas que el niño pasa por semana en el programa.
“Proveedor de asistencia técnica” se refiere a una persona o entidad que brinda capacitación, consultoría, entrenamiento u otros apoyos para el desarrollo profesional a los programas y proveedores de educación y cuidado de la edad temprana.
“Basado en los efectos del trauma” se refiere a los principios, prácticas o servicios basados en el reconocimiento y la comprensión del impacto del trauma en personas y grupos. Los servicios basados en los efectos del trauma y las prácticas en el salón de clase están diseñados y planificados para promover la curación y la seguridad, y para evitar recrear el trauma de nuevo. Para estar genuinamente basadas en los efectos del trauma, las prácticas también deben ser culturalmente sensibles y reflejar un proceso activo antirracista.
“Niño pequeño” significa un niño que aún no es elegible para asistir al kínder en una escuela pública.